Mandatos cautelares en Soleura

Establecimiento

El mandato cautelar puede ser redactado a mano o en persona, o puede ser certificado públicamente por un notario como un testamento. El hecho de que exista un mandato cautelar puede comunicarse a la oficina de registro civil del lugar de residencia, tras lo cual ésta realizará un registro en la base de datos central. Con este registro voluntario se garantiza que el entorno más pertinente y la autoridad competente tengan conocimiento de la existencia de un mandato cautelar. El mandato cautelar también puede ser revocado en cualquier momento, ya sea por destrucción o por un procedimiento análogo al de su establecimiento. Mientras el interesado no pueda emitir un juicio, el mandato cautelar es válido. Su efecto se produce cuando la persona en cuestión se vuelve incapaz de emitir un juicio.

Contenido

El cliente del mandato cautelar puede determinar el contenido. Las diversas tareas (pensión personal, control de activos, representación en transacciones legales) se pueden delegar alternativamente o en su totalidad. El cliente puede limitar las áreas o transacciones individuales, o hacer el pedido de manera integral para todas las transacciones posibles. Además, pueden darse instrucciones específicas o prohibirse determinadas acciones. También se puede emitir un testamento vital o biológico con el mandato cautelar. Esto permite especificar ciertos tratamientos médicos en caso de incapacidad para juzgar.

Mandatario

Un mandatario puede ser tanto una persona natural como jurídica. Preferiblemente, el mandante designa a varias personas al mismo tiempo, si una persona designada no puede o no quiere aceptar el pedido. El mandatario tiene derecho a rechazar esta asignación antes de que sea nombrado. Si el mandatario acepta la asignación, entonces tiene el deber de informar a la autoridad de protección de niños y adultos sobre la ocurrencia del caso cautelar. Por último, el mandatario tiene el deber de llevar a cabo las operaciones que se describen en el mandato cautelar. El mandatario tiene derecho de invalidar el mandato cautelar en cualquier momento con un período de preaviso de 2 meses.

Autoridades

Cuando la autoridad de protección de niños y adultos llega a saber de la incapacidad para juzgar o actuar de una persona, debe en primera instancia aclarar si existe un mandato cautelar. Si existe tal, comprueba entonces si se ha establecido válidamente y si la incapacidad realmente se ha presentado. Seguidamente se evalúa a la persona designada, el mandatario, para determinar si es apta para asumir esta tarea.

Recomendación

La propia incapacidad para juzgar no es algo planeado. Mientras uno esté todavía sano, uno puede y debe decidir por uno mismo quién, en caso de incapacidad para juzgar, se ocupará de sus propios asuntos. Se recomienda la posibilidad de un mandato cautelar y de un testamento vital o biológico para discutirlo y examinarlo con su abogado y notario.

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Información adicional

Lukas Wadsack está disponible para responder a sus preguntas en el 032 613 20 30 o lukas.wadsack(at)wadsack.ch.